Según los distintos imperios y colonias durante el XIX se establecieron distintas formas de administración colonial. éstas son las principales
Colonia. Depende directamente de la metrópoli, es resultado
del derecho de ocupación, sin poseer ninguna autonomía política. Casi toda
África
Protectorado. Teóricamente subsiste un gobierno indígena que
ejerce la política interior, con un gobierno metropolitano paralelo que se
ocupa de la defensa y la representación exterior. En la práctica varía poco de
la colonia. .
Marruecos francés.
Territorios
metropolitanos.
Jurídicamente iguales a la metrópoli. (La Argelia Francesa)
Concesiones. Puertos o lugares estratégicos cedidos por
naciones independientes que obtenían a cambio ventajas comerciales.
(Especialmente aplicado en China, imposible de una conquista real)
Dominios. Colonias de poblamiento blanco que solían tener
(especialmente en el ámbito británico) autonomía propia a través de un
parlamento propio, como ocurrirá con Canadá o Australia.
Mandato. Creados por la Sociedad de Naciones (1919) para la
administración de las colonias de los países derrotados en la Primera Guerra
Mundial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por comentar en este blog. Tus sugerencias serán siempre bienvenidas.
No olvides que si publicas un comentario estás aceptando algunas normas.
Por favor, sé respetuoso en tus palabras. Por supuesto puedes estar en desacuerdo con lo dicho en este blog, y también criticarlo, pero guardando las normas básicas de educación.
No se admite spam y contenidos publicitarios (serán eliminados)
Por el hecho de comentar aceptas nuestra política de privacidad (ver en apartado política de privacidad y aviso legal) y dando consentimiento explícito a que figuren aquí los datos con los que firmes o te registres (recuerda que puedes hacerlo con tu perfil blogger, nombre y URL o en modo anónimo; no es necesario email)
Si no quieres dar consentimiento, no comentes. Si tienes dudas, visita la política de privacidad.
Responsable de los datos: Vicente Camarasa (contacto correo en la parte superior derecha del blog).
Finalidad: moderar los comentarios.
Legitimación: consentimiento del usuario
Destinatarios: el sistema de comentarios de Blogger.
Derechos del usuario: acceder, rectificar, limitar y suprimir datos (si los hubiera)