Tomado de wikipedia
La Constitución de 1931 es corta, dado que
tan solo cuenta con 125 artículos. Define al Estado como República
democrática de trabajadores de toda clase, y tendrá un marcado
carácter progresista como se ve en la prolija declaración de derechos.
Se reconoce el derecho al voto para las mujeres, el matrimonio civil y el
divorcio. La propiedad privada, aunque mantenida
legalmente, queda sometida al interés público, reservándose el Estado el
derecho de expropiación.
El poder
legislativo reside exclusivamente en las Cortes que son unicamerales. En
ellas se centra la acción de gobernar. El Presidente de la República es
el Jefe del Estado. Se elige cada seis años por un sistema mixto de sufragio directo y voto del Congreso (y sin un poder relevante).
El Presidente del Consejo de Ministros es el Jefe del Gobierno y es
nombrado por el Presidente de la República y ratificado por el congreso. Los
ministros son responsables individualmente ante el Congreso. El órgano supremo
de la justicia será el Tribunal Supremo,
apareciendo el Tribunal de Garantías Constitucionales que tiene como jurisdicción los recursos de
amparo y juzga los conflictos de competencias.
Las partes que fueron más discutidas de la
Constitución en el Congreso y que luego demostraron ser vitales para el normal
desarrollo de la República, son el tratamiento del nacionalismo y la
cuestión religiosa.
Para resolver el problema del nacionalismo, la formula
que idea la Constitución es que España es un Estado Integral donde se
respeta el derecho de las provincias y municipios a constituirse en autonomías. Por el temor de las derechas a la
disolución de España se articuló un sistema autonómico más restrictivo y se
prohibía expresamente la federación entre autonomías. No por ello dejó de ser
un tema candente que fue utilizado de forma demagógica para polarizar a la
población
La Iglesia Católica resultaba muy perjudicada
en la Constitución. Por un lado se suspendía el sostenimiento público para
el culto y clero, se prohibía el desempeño de labores educativas a las
congregaciones religiosas y se declaraban disueltos los jesuitas.
Las
razones de esta política tan agresiva Tamames las encuentra en la influencia de la masonería,
mientras que Malefakis o García de Cortázar la analizan como
la herencia de un largo y profundo resentimiento generado durante gran parte
del XIX y principios de XX que había culminado en un anticlericalismo radical que
impidió una reforma más sosegada.
Tomado de wikipedia
Lo cierto es que la rapidez y radicalidad de
los cambios sólo le sirvió a la República a granjearse un enemigo poderoso que
siempre habría tenido en contra pero desde entonces no se limita a protestar,
sino que reelabora su propio contrataque, intentando coordinar la oposición
cristiana a través de Acción Popular que será el germen de la CEDA.
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