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lunes, 22 de junio de 2015

Comentario de Texto. Decreto de Valencia. FERNANDO VII

Desde que la Divina Providencia, por medio de la renuncia espontánea y solemne de mi Augusto Padre, me puso en el Trono de mis mayores, del cual ya me tenía jurado sucesor el Reino por medio de sus Procuradores juntos en Cortes (...).
Mis primeras manifestaciones se dirigieron a la restitución de varios Magistrados y otras personas que arbitrariamente se había separado de sus destinos, pues la dura situación de las cosas y la perfidia de Bonaparte, de cuyos crueles efectos quise, pasando a Bayona, preservar a mis pueblos, apenas dieron lugar a más.
Reunida allí la Real Familia, se cometió en toda ella, y señaladamente en mi persona, un atroz atentado (...), violentando en lo más alto el sagrado derecho de gentes, fui privado de mi libertad, y lo fui, de hecho, del Gobierno, de mis Reinos, y trasladado a un palacio con mis muy amados hermanos y tío, sirviéndonos de decorosa prisión, casi por espacio de seis años, aquélla estancia (...).
Con esto quedó todo a la disposición de las Cortes, las cuales en el mismo día de su instalación (...) me despojaron de la soberanía (...) atribuyéndola a la Nación, para apropiársela así ellos mismos, y dar a ésta (...) una Constitución que (...) ellos mismos sancionaron y publicaron en 1812.
Este primer atentado contra las prerrogativas del trono (...) fue como la base de los muchos que a éste siguieron (...); se sancionaron, no leyes fundamentales de una Monarquía moderada, sino las de un Gobierno popular (...).
De todo esto, luego que entré dichosamente en mi reinado, fui adquiriendo fiel noticia y conocimiento (...). Yo os juro y prometo a vosotros, verdaderos y leales españoles que habéis sufrido, no quedaréis defraudados en vuestros nobles empeños (...).
Por tanto, habiendo oído lo que (...) me han informado personas respetables por su celo y conocimientos, y los que acerca de cuanto aquí se contiene me ha expuesto en representaciones que de varias partes del Reino se me han dirigido, (...) declaro que mi Real ánimo es, no solamente no jurar ni acceder a dicha Constitución, ni a decreto alguno de las Cortes generales y extraordinarias ni de las ordinarias actualmente abiertas (...), sino el de declarar aquella Constitución y aquellos decretos nulos y de ningún valor ni efecto, (...) como si no hubiesen pasado jamás tales actos y se quitasen de en medio del tiempo, y sin obligación en mis pueblos y súbditos de cualquier clase y condición a cumplirlos y guardarlos.
Dado en Valencia a 4 de Mayo 1814. - Yo el Rey.
  

Clasificación y encuadre
El texto se enmarca dentro del viaje de regreso a España que realiza Fernando VII tras el fin de la Guerra de Independencia (1808-1814) y su liberación por parte de Napoleón, efectiva a partir del tratado de Valençay (1813). A su vuelta, y variando el itinerario oficial marcado por las Cortes, realiza un periplo por varias ciudades hasta llegar a la Corte.
Fechado en Valencia, el texto recoge el momento en el que, tras numerosas presiones de ambos bandos (como el famoso Manifiesto de los Persas de talante absolutista), rechaza jurar la Constitución que las Cortes le presentaban por medio del cardenal Luis María de Borbón e instaura de nuevo el absolutismo, iniciando de esta manera el Sexenio Absolutista (1814-20) en donde reaparece el modelo de monarquía absoluta que estará vigente hasta que un pronunciamiento (Riego, 1820) le obligue a jurar la Constitución de 1812 (Trienio Liberal, 1820-1823).
El autor es el propio rey, hijo de Carlos IV, que ya había reinado (aunque muy brevemente) en 1808, tras el motín de Aranjuez siendo desposeído del trono en Bayona, a favor de José I. Conocido como el deseado, muy pronto defraudará las esperanzas que el pueblo puso en él, luchando por su vuelta durante toda la Guerra de Independencia.
Su destinatario el pueblo, ya que se trata de una ley a través de la forma de decreto que, además, es publicado en un periódico de forma pública (Gaceta de Madrid).
Su carácter es jurídico, pues es la base legal en la que se apoya el retorno al absolutismo.
En cuanto a su propósito es bien evidente. Como ya se ha comentado, con él se cierra el primer brote liberalista español, dejando bien a las claras la intención de no variar el régimen tras lo sucedido en la Guerra de Independencia.

Análisis y comentario.
La idea central que articula el texto es la vuelta al absolutismo como forma de gobierno, declarando nula la Constitución de 1812 e iniciándose de esta manera el llamado Sexenio Absolutista.
Para ello, el decreto comienza por exponer las causas legales por las cuales debe ser declarada sin valor la Constitución. Entre ellas destaca la propia formación de las Cortes que no respeta el sistema tradicional del Antiguo Régimen (por estamentos o Estados Generales). Señala, por lo demás, la ocultación del proceso al Consejo de Regencia, institución que las Juntas y más tarde las Cortes consideraron como no representativa al estar en manos del poder francés (José I). De ambas cuestiones extrae la idea de que las Cortes, abusando de la nación, realizan una constitución que le quita el poder, pues en la del 1812 el rey pasaba de tener el poder absoluto a ejercer exclusivamente la facultad ejecutiva.
Tras esta justificación, el monarca hace una declaración de intenciones, asegurando su desprecio al despotismo (con una mención a las luces de la Ilustración como argumento) y prometiendo la vuelta al orden y los buenos usos, que habrá de poner el marcha el rey junto a unas Cortes al modo tradicional (es decir, sin verdadero poder, eliminando así la división de poderes anterior).
Esta idea, sin embargo, queda ampliamente matizada (cuando no por completo desmentida) por sus siguientes palabras en donde se expone un programa político en donde las libertades (en el texto sólo se menciona la de imprenta) deberán someterse al orden dictado por la religión y el gobierno, totalmente contrario a lo que preveía la Constitución de 1812.
Como única idea verdaderamente reformista, plantea la división entre las rentas generales del estado y las del propio rey, al contrario que en periodos anteriores en donde rey y reino se confunden en una sola entidad. Esta medida, sin embargo, deja a un lado el verdadero problema económico del momento debido a la propia guerra, sin proponer medidas verdaderamente eficaces que solucionen la crisis (en verdad casi imposibles desde esta óptica del absolutismo, presa de una estructura tan poco flexible como la estamental, como demuestra la fracasada reforma de Martín de Garay)

Ante todo esto, y con una población, muy despolitizada, mayoritariamente a su favor (aún era el Deseado), los grupos liberales comenzarán a ser perseguidos (incumpliendo así la prometida seguridad individual y real), teniendo que utilizar las logias masónicas como lugar para comenzar a organizar, junto a antiguos guerrilleros apartados del ejército con esta vuelta del Absolutismo, una serie de pronunciamientos que, tras varios fracasos (Espoz y Mina, Porlier, Lacy y Milans del Bosch...), lograra reimplantar la Constitución de 1812 tras el efectuado por Riego en 1820.

martes, 6 de mayo de 2014

FERNANDO VII (2) EL TRIENIO LIBERAL


El primer objetivo del gobierno es restablecer el marco constitucional pero con algunos cambios como una segunda cámara y garantías sobre la propiedad para los grandes propietarios. 
Es entonces cuando el liberalismo español de divide en dos corrientes: los moderados o doceañista y la exaltada (progresistas), como ya vimos en el caso europeo, que terminarán luchando entre sí, perdiendo fuerza.




La obra gubernativa de los liberales suprime los mayorazgos y la inquisición,  proclama la libertad de imprenta, se expulsa a los jesuitas y se quitan los privilegios a los eclesiásticos. Hay, además, libertad de contratación y se comienza una desamortización de las tierras. 
Para cubrir el impresionante déficit de hacienda los liberales acuden a prestamos en el exterior y se establece a la disolución de la mayor para de los conventos y la desamortización de sus bienes. 
En el interior las malas cosechas originan un profundo malestar que se une a una progresiva oposición realista que aúna fuerzas ante el nuevo gobierno exaltado, creando una junta absolutista en Bayona y una regencia en Seo de Urgel.
Cien Mil Hijos de San Luis

En el exterior la Santa Alianza reunida en el congreso de Verona (1822) decide el restablecimiento del orden absolutista en España y se otorga a Francia el mandato para reponer de nuevo a  Fernando VII como rey absolutista. 
En 1823 de produce la invasión de los Cien Mil Hijos de San Luis comandados por el duque de Angulema que penetra sin resistencia hasta Cádiz, refugio del gobierno liberal. Fernando VII es liberado. 
Hombre ilustres del liberalismo como de la Rosa y Mendizábal entre otros se ven forzados abandonar España. 

Comenzaba la Década Ominosa

lunes, 5 de mayo de 2014

FERNANDO VII. EL PRIMER ABSOLUTISMO. EL SEXENIO ABSOLUTISTA



La restauración de Fernando VII se produce tras la derrota de los ejércitos napoleónicos en Europa, siendo liberado tras la firma del tratado de Valencay (1813) por el cual le devuelven la corona española.
Tomado de wikipedia

El rey regresa en 1814. Las cortes de Cádiz envían a Luis Maria de Borbón para presentar a Fernando  la constitución a la vez que un grupo de diputados absolutistas le presentan el Tratado de los Persas, justificando la anulación de la constituciónde Cádiz.
Manifiesto de los Persas

En 1814 (decretos de Valencia) el rey anula la constitución liberal y establece el absolutismo dando paso a una fuerte represión contra los liberales, que encuentran en el destierro el camino mas seguro para salvar su vida.

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Los sucesivos gobiernos de Fernando VII tienen que hacer frente al bandolerismo rural practicado por guerrilleros no retornados y campesinos que ven el contrabando el único camino para su miserable situación. 
Martín de Garay es nombrado ministro de Hacienda y plantea como soluciones a la crisis la reducción del gasto publico y una reforma fiscal, pues a demás de los problemas internos, se necesitan medios económicos para reprimir el creciente independentismo americano.
La reorganizaron de los liberales provoca una constante represión, pese a la cual los pronunciamientos se suceden basándose en tres grupos sociales:
·  La burguesía, en contra de un absolutismo que les perjudica.
·  Ejercito de origen guerrillero al que las normas absolutistas les eliminaban los ascensos al aplicar la ley de limpieza de sangre
·  Masonería. Organizaron secreta de origen ilustrado (y por tanto liberal), utilizada como forma de comunicación entre burguesía y ejército.
En 1814 de subleva Milans del Bosch en Valencia y Espoz y Mina en Navarra. Luego lo harán Porlier en la Coruña y  Lacy y Torrijos en Caldetas, Van Halen.. 
ero En 1820 resulta decisivo el pronunciamiento llevado a cabo por Riego en Cabezas de San Juan en Sevilla, apoyado por Alcalá Galiano. Riego proclama la constitución de 1812  al frente del ejecito expedicionario que se trasladaba a América para reprimir los pronunciamientos independentistas.
Riego.
Tomado de wikipedia

Fernando VII, cercado políticamente, jura la constitución y se inicia el trienio liberal o constitucional.

Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional; y mostrando á la Europa un modelo de sabiduría, orden y perfecta moderacion en una crisis que en otras naciones ha sido acompañada de lágrimas y desgracias, hagamos admirar y reverenciar el nombre Español, al mismo tiempo que labramos para siglos nuestra felicidad y nuestra gloria.
Fernando VII


lunes, 28 de abril de 2014

FERNANDO VII (3): La década Ominosa

Ahora los ríos sobre España,
en vez de ser ríos,
son largas cadenas de agua

García Lorca. Mariana Pineda

La última etapa del reinado de Fernando VII ha recibido el nombre de Década Ominosa (1823- 1833)
Podemos comenzarla en 1823, cuando el Congreso de Verona, a petición del propio Fernando, reúne a los países de la Santa Alianza y aprueba el envío de un ejército para restaurar el absolutismo en España. En 1823 entran en España los Cien Mil Hijos de San Luis con el duque de Angulema al frente, que reponen a Fernando VII como rey absoluto.
Acaba entonces el Trienio Liberal que analizábamos aquí, derogando la Constituciónde 1812, y comenzando una terrible persecución de los liberales, emigrando muchos de ellos a Francia. Para ello se crea el cuerpo de Policía Nacional (1824).
Pese a ellos numerosos liberales siguen conspirando en el interior del país que fueron detenidos con mano dura. Entre los más famosos se encuentran la pena de muerte a Mariana Pineda en Granada por mandar bordar una bandera para una conspiración o el fallido pronunciamiento de Torrijos en Málaga que terminó con su fusilamiento.



Fusilamiento de Torrijos
Tomado de Wikipedia
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Sin embargo, la situación caótica de la economía hizo que Fernando VII intentara un nuevo despotismo ilustrado con algunos liberales muy moderados. Esto hizo que ciertos sectores absolutistas radicales se empezaran a manifestar en Cataluña (Guerra de los Malcontets, 1827).
Se produjo así la famosa política palo a la burra blanca (absolutistas), palo a la burra negra (liberales).
Sin embargo el gran problema de esta fase será la cuestión sucesoria. En 1829 Fernando, aún sin descendencia, se casa por cuarta vez con María Cristina que pronto quedará embarazada.
Desde el siglo XVIII, con la llegada de Felipe V, en España regía la Ley Sálica que impedía reinar a las mujeres y daba el trono al varón más cercano. Si el futuro hijo fuera mujer (como realmente lo fue), el trono habría pasado a su hermano Carlos María Isidro, líder de los ultraconservadores desde la revuelta de los Malcontents.
Ante esta posibilidad, Fernando VII, meses antes del parto, promulgó la Pragmática Sanción en la que derogaba la Ley Sálica. Así, cuando nació Isabel II, se la proclamó princesa a la vez que se acercaba más a los liberales moderados (eliminando a Calomarde por Cea Bermúdez en el gobierno) ante la amenaza absolutista de Carlos
A la muerte de Fernando, Carlos se niega a aceptar la Pragmática, iniciándose la Primera Guerra Carlista

sábado, 15 de febrero de 2014

El libro del sábado. Mariana, los hilos de la libertad. Calvo Poyato

Uno de las mejores novelas históricas que he leído de Calvo Poyato, lo cual ya es decir, pues se trata de uno de los mejores autores españoles que cultiva este género.
Su personaje central es la conocida Mariana Pineda, a la que conoceremos más allá de su triste final por hacer bordar una bandera.

Veremos a la mujer luchadora que intenta vivir su propia vida más allá de las costumbres sociales o los idearios políticos. Viuda joven y luego madre soltera, amiga de sus amigos en los que no reconoce clases sociales, cercana a masones y liberales, activista de cualquier tipo de libertades en un periodo tan oscuro como la década ominosa de Fernando VII.
Pero la novela nos ofrece mucho más. Es una perfecta recreación de este periodo histórico en esta capital de provincias, con todas las intrigas personales que se dirimen a través de la represión política y una extraordinaria intriga policiaca que intenta desvelar el asesinato de varias personas cuyos cadáveres aparecen "adornados" con los símbolos de la Inquisición.




Trepidante, sumamente bien trabada y ambientada, les encantará tanto a los asiduos a la novela histórica como a los de la policiaca mientras redescubren la figura de Mariana Pineda (bastante lejana al mito que recrearía Lorca) y se introducen en una de las épocas de represión que tuvo la historia contemporánea española.

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